Decálogo de la Educación Pública 1. La Educación Pública que queremos La constitución debe garantizar y proteger el Derecho a la Educación, entendido éste como un bien social público, laico, de alto nivel tecnológico, con contenidos teóricos e infraestructura de calidad. Derecho sin ningún tipo de discriminación ni restricción. Democrático en la práctica formativa, de decisión y de participación de las comunidades escolares y de base de la sociedad.Para hacer efectivo este objetivo, el Estado debe proveer un sistema de su propiedad. 2. Aseguramiento del Derecho a la Educación en todos sus niveles Toda la educación parvularia, básica y media financiada con recursos estatales, deberá asegurar la matricula escolar de su comuna, provincia, región, sin selección de ningún tipo y sólo por orden de matrícula. 3. Nuestra propuesta de administración de la Educación Pública La administración del sistema escolar debe ser Regional, propendiendo a la integración de la realidad local de cada comunidad y fomentando los proyectos de desarrollo de cada zona. Debe asegurar la participación de las comunidades escolares y de base de la sociedad en sus definiciones, creándose para ello Consejos de Educación de carácter resolutivo. 4. El rol del Ministerio de Educación El Ministerio debe actuar como una instancia directiva, normativa, reguladora, supervisora y fiscalizadora del sistema educativo. También, debe cumplir un papel técnico, de apoyo pedagógico y coordinador de las políticas educacionales a nivel nacional. 5. Función de la Superintendencia La creación de una Superintendencia de Educación debe entenderse como un aparato fiscalizador de la Educación en todos sus niveles que velará por la correcta implementación de las reglamentaciones y el uso de los recursos. 6. Educación Pública gratuita y financiada por el Estado La Educación en el sistema Público debe ser Gratuita, debiendo el Estado financiar de manera preferente y descentralizada el Sistema de su propiedad, estableciendo presupuestos regionales de educación que permitan el financiamiento suficiente de sus establecimientos. 7. Sistema Nacional de Formación Docente El Estado debe asegurar un sistema nacional de formación docente de calidad, así como un sistema de perfeccionamiento continuo en servicio. Debe, asimismo, proveer la construcción de la carrera profesional para el ejercicio de la docencia en esta nueva época. Ésta solamente puede ser impartida por las personas que posean título de profesor o educador, concedido por Escuelas Normales y Universidades acreditadas por el Estado. 8. Condiciones mínimas para la Enseñanza Una reorganización del trabajo docente, asegurando dentro del contrato de trabajo docente tiempos no lectivos suficientes para la planificación, evaluación, investigación, perfeccionamiento continuo en servicio, y trabajo colaborativo en equipo. 9. Por un tiempo de calidad en Educación El Estado debe garantizar una Jornada Escolar Completa, que cumpla al menos con los Proyectos Educativos, Revisión de los contenidos fundamentales e incorporar aquellos que den cuenta de las características y necesidades socioculturales de la población escolar. 10. Infraestructura acorde a las necesidades de la Educación Pública Se debería reactualizar una Organización Estatal de Construcciones de Establecimientos Educacionales a objeto de asegurar la calidad de las dependencias e instalaciones que se requieren para apoyar el proceso de calidad de educación a que se aspira. Se deben establecer nuevas regulaciones legales del Espacio Físico, que den cuenta de un número no mayor de 30 alumnos por sala, y todas las instalaciones, necesidades de las escuelas y liceos públicos del país. Atentamente C.G.A. del Liceo Héctor Pérez Biott.-
lunes, 30 de junio de 2008
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
0 comentarios:
Publicar un comentario